Cita del mes

El peor enemigo del socialismo no es el capitalismo.
Es la realidad.
Margaret Thatcher.



La Diáspora Venezolana debe ser detenida y retornada.
Juan Pablo II, ¡cuánta falta le haces al mundo y a tu Iglesia!
Para que sobreviva la República de Venezuela, ⁣
requiere POLÍTICOS, MILITARES y PUEBLO unidos, por y para ella,
que sean honestos y decentes, es decir: que sean VENEZOLANOS

HASTA EL FINAL
MI VENEZUELA QUERIDA JAMÁS SE RENDIRÁ
Y SIEMPRE RECHAZARÁ INVASIONES EXTRANJERAS


VenezuelaSolo1:  viernes, mayo 05, 2017

Los Tratados Internacionales y Venezuela





Por: Ricardo Meneses Pilonieta


Los Tratados Internacionales como la Carta Democrática Interamericana son acuerdos, convenios internacionales a los que los jefes de Estados y de gobiernos y la comunidad internacional en general se someten voluntariamente, constituyéndose en ley de rango constitucional, supranacional, en éste caso, la Carta Democrática, además de ser un compromiso con la democracia, la República Bolivariana de Venezuela ha ratificado reiteradamente por pertenece también a los Tratados de Derechos Humanos los cuales son inherentes e inalienables al ser humano y le defienden incluso de agentes de su propio Estado -entre otros a los que está suscrita Venezuela, está el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.  [1]

Considerando que un tratado internacional es un acuerdo o convenio entre dos o más naciones, o entre un estado y un organismo internacional, en donde los involucrados adquieren un compromiso, para cumplir con determinadas obligaciones. Lo más usual es que estos tratados se celebren entre naciones, siendo estos regulados por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969. Sin embargo, también se pueden dar entre una nación y un organismo internacional, en este caso, la regulación está a cargo de la Convención de Viena Sobre el Derecho de los Tratados celebrados entre Estados y Organizaciones internacionales o entre Organizaciones Internacionales de 1986.  [2]


 La Convención de Viena sobre el derecho de los tratados
Los Estados Partes en la Convención:
  • Considerando la función fundamental de los tratados en la historia de las relaciones internacionales.
  • Reconociendo la importancia cada ves mayor de los tratados como fuente del derecho internacional y como medio de desarrollar la cooperación pacífica entre las naciones, sean cuales fueren sus regímenes constitucionales y sociales.
  • Advirtiendo que los principios del libre consentimiento y de la buena fe y la norma "pacta sunt servanda" están universalmente reconocidos.
  • Afirmando que las controversias relativas a los tratados, al igual que las demás controversias internacionales deben resolverse por medios pacíficos y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional.
  • Recordando la resolución de los pueblos de las Naciones Unidas de crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados.
  • Teniendo presentes los principios de derecho internacional incorporados en la Carta de las Naciones Unidas, tales como los principios de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos, de la igualdad soberana y la independencia de todos los Estados, de la no injerencia en los asuntos internos de los Estados, de la prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza y del respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos y la efectividad de tales derechos y libertades.
  • Convencidos de que la codificación y el desarrollo progresivo del derecho de los tratados logrados en la presente Convención contribuirán a la consecución de los propósitos de las Naciones Unidas enunciados en la Carta, que consisten en mantener la paz y la seguridad internacionales, fomentar entre las naciones las relaciones de amistad y realizar la cooperación internacional.
  • Afirmando que las normas de derecho internacional consuetudinario continuaran rigiendo las cuestiones no reguladas en las disposiciones de la presente Convención.

Observaciones
La Canciller de Maduro destaca posiciones de Rusia y de China sobre la crisis en Venezuela;
  • Posición oficial del Gobierno de la Federacion Rusa sobre la situación en Venezuela  [3] 
  • Posición oficial del Gobierno de la República Popular China sobre la situación en Venezuela  [4]

Salirse. rechazar o renunciar a un tratado, acuerdo o compromiso internacional para evadir las responsabilidades emanadas por el mismo, no exime de responsabilidad ni de cumplimiento.

Por un lado la Carta Democrática Interamericana no induce a intervención alguna, sin embargo, si establece un compromiso de los países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) a velar por la preservación y el fortalecimiento de la institucionalidad democrática y los derechos humanos, estableciendo procedimientos para actuar, no solamente cuando la democracia se interrumpe totalmente -como en el caso de un golpe de Estado- sino también cuando el orden democrático ha sido seriamente alterado y la democracia está en riesgo.

Por el otro lado el derecho de los derechos humanos establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada en 1948, establece las bases para el desarrollo del corpus del derecho internacional relativo a los derechos humanos. Esas garantías y obligaciones figuran en una serie de tratados y otros documentos y su implementación está apoyada y supervisada a través del sistema de órganos de tratados.

Una de las esferas clave en que las Naciones Unidas (UN) promueven los derechos humanos es en la rendición de cuentas por violaciones graves del derecho humanitario y violaciones manifiestas de los derechos humanos. Hacer frente a estas atrocidades mediante el estado de derecho fortalece la paz y la seguridad y el desarrollo. En la Declaración de la Reunión de Alto Nivel sobre el Estado de Derecho, los Estados Miembros reafirmaron su compromiso universal de velar por que no se tolerase la impunidad ante las violaciones más graves de los derechos humanos, como el genocidio, los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad, ni ante violaciones del derecho internacional humanitario y violaciones manifiestas del derecho de los derechos humanos (párr. 22). El estado de derecho es fundamental para hacer frente a dichas atrocidades, que de otro modo podrían socavar la paz y la seguridad y obstaculizar el desarrollo.

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) presta apoyo a los Estados Miembros con la aplicación de las normas de derechos humanos en leyes y programas nacionales, vigila que se hayan establecido mecanismos de justicia y rendición de cuentas de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos, investiga y trata de reparar las violaciones de los derechos civiles y políticos, así como de los derechos económicos, sociales y culturales y trabaja para integrar las normas y principios de derechos humanos en las políticas y los programas del sistema de las Naciones Unidas.

Firmado en la Ciudad de Caracas, Venezuela, 28 de Abril de 2017

Dr. Ricardo Meneses Pilonieta
World Venezuela


DEFENSOR DE DERECHOS HUMANOS (Human Rights Defender), amparados, protegidos y resguardados por el Decreto Nª 6.044 de 12/02/2007 – Decreto Nª 3.637 de 20/10/2000 – Resolución A/HRC/RES13/13 de 15/04/2010 – Resolución A/RES/60/161 de 28/02/2006 - Resolución A/RES/53/144 de 09/12/1998 – NACIONES UNIDAS – UN y Protocolo de Paris – Principios de Paris Resolución 48-134 20-12-1993 de Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas, ONU,



Fuentes
[1] Derechos.org: Tratados Internacionales de Derechos Humanos
[2] OEA: Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, 18 de abril de 1961
[3] RNV: Posición oficial del Gobierno de la Federacion Rusa sobre la situación en Venezuela (Abril 27, 2017)
[4] Posición oficial del Gobierno de la República Popular China sobre la situación en Venezuela (Abril 27, 2017)


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