Cita del mes

El peor enemigo del socialismo no es el capitalismo.
Es la realidad.
Margaret Thatcher.



La Diáspora Venezolana debe ser detenida y retornada.
Juan Pablo II, ¡cuánta falta le haces al mundo y a tu Iglesia!
Para que sobreviva la República de Venezuela, ⁣
requiere POLÍTICOS, MILITARES y PUEBLO unidos, por y para ella,
que sean honestos y decentes, es decir: que sean VENEZOLANOS

HASTA EL FINAL
MI VENEZUELA QUERIDA JAMÁS SE RENDIRÁ
Y SIEMPRE RECHAZARÁ INVASIONES EXTRANJERAS


VenezuelaSolo1:  lunes, enero 23, 2017

Maduro arruina a Venezuela

¿Cuando la AN pondrá coto al robo de lo nuestro?





Constitución República Bolivariana de Venezuela
Con la Enmienda Nro 1 de fecha 15 de Febrero de 2009 


Artículo 150. La celebración de los contratos de interés público nacional requerirá la aprobación de la Asamblea Nacional en los casos que determine la ley.

No podrá celebrarse contrato alguno de interés público municipal, estadal o nacional con Estados o entidades oficiales extranjeras o con sociedades no domiciliadas en Venezuela, ni traspasarse a ellos sin la aprobación de la Asamblea Nacional.

La ley podrá exigir en los contratos de interés público determinadas condiciones de nacionalidad, domicilio o de otro orden, o requerir especiales garantías.


Artículo 154. Los tratados celebrados por la República deben ser aprobados por la Asamblea Nacional antes de su ratificación por el Presidente o Presidenta de la República, a excepción de aquellos mediante los cuales se trate de ejecutar o perfeccionar obligaciones preexistentes de la República, aplicar principios expresamente reconocidos por ella, ejecutar actos ordinarios en las relaciones internacionales o ejercer facultades que la ley atribuya expresamente al Ejecutivo Nacional.


Artículo 156. Es de la competencia del Poder Público Nacional:
1. La política y la actuación internacional de la República.
2. La defensa y suprema vigilancia de los intereses generales de la República, la conservación de la paz pública y la recta aplicación de la ley en todo el territorio nacional.


Artículo 187. Corresponde a la Asamblea Nacional:
9. Autorizar al Ejecutivo Nacional para celebrar contratos de interés nacional, en los casos establecidos en la ley. Autorizar los contratos de interés público municipal, estadal o nacional con Estados o entidades oficiales extranjeros o con sociedades no domiciliadas en Venezuela.

12. Autorizar al Ejecutivo Nacional para enajenar bienes inmuebles del dominio privado de la Nación, con las excepciones que establezca la ley.

18. Aprobar por ley los tratados o convenios internacionales que celebre el Ejecutivo Nacional, salvo las excepciones consagradas en esta Constitución.


Artículo 232. El Presidente o Presidenta de la República es responsable de sus actos y del cumplimiento de las obligaciones inherentes a su cargo.
Está obligado u obligada a procurar la garantía de los derechos y libertades de los venezolanos y venezolanas, así como la independencia, integridad, soberanía del territorio y defensa de la República. La declaración de los estados de excepción no modifica el principio de su
responsabilidad, ni la del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, ni la de los Ministros o Ministras, de conformidad con esta Constitución y con la ley.


Artículo 236. Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República:
1. Cumplir y hacer cumplir esta Constitución y la ley.
4. Dirigir las relaciones exteriores de la República y celebrar y ratificar los tratados, convenios o acuerdos internacionales.

Nicolás Maduro es la persona que ocupa el cargo de Presidente, sin importar la forma cómo llegó a ocuparlo, legalmente o por fraude; lo cierto es que representa a la República Bolivariana de Venezuela en el extranjero.

Hasta ahora ha prácticamente hipotecado y destruido la industria petrolera con préstamos de todo tipo; y eso sin contar los robos y saqueos que los enchufados hicieron. Le pregunto a los que estudiaron para tener un título de abogado y a aquellos fósiles políticos que están en la AN:
  • El que ocupe el cargo de Presidente puede comprometer y vender los bienes de la república como le de la gana?
  • Esa misma persona también puede pedir prestado y manipular ese dinero cómo quiera?
  • Todos esos compromisos donde se comprometen los bienes de la República no requieren ser aprobados por la AN?
  • Si un convenio, contrato o préstamo, o lo que sea, que necesite aprobación de un ente adicional al que esté ocupando la Presidencia no lo tiene, se puede considerar nulo de toda nulidad?
  • Todos esos chulos extranjeros deben saber que se arriesgan a que un "gobierno Venezolano" declare que no son procedentes esos compromisos, por hacer contraídos ilegalmente y perder así su dinero entregado (que vayan a recuperar ese dinero desde las cuentas de los enchufados ladrones). No piensan que deben tener algo soterrado para asegurar el retorno de su préstamo, algo así como un ejército de ocupación en Venezuela?
  • Hasta cuando piensan permitir que el invasor de Miraflores y su banda sigan arruinando al PAÍS?

FÓSILES POLÍTICOS DE LA AN Y LA MUD
HAGAN SU TRABAJO

Uds se mueren por tener algún puesto que les garantice un sueldo sin hacer nada, bueno si hacen algo: duermen en el sillón de la AN y se toman fotos con las patas encima de las sillas. Es que acaso no se dan cuenta que el dictador les quita su cargo y su sueldo cada vez que le de la gana o los mete presos.

Si no hacen su trabajo y salvan a la República de Venezuela se quedarán sin beca para siempre porque el dictador se encargará de eso. En 6 meses pensaban sacar al dictador, se sentaron a rendirle pleitesía, no defendieron correctamente el referéndum, se dejan robar diputados, les anulan lo poco que hacen, ahora se quedan como muertos y ni siquiera son capaces de ejercer la autoridad que les confiere la Constitución nombrando un CNE y un TSJ que cumplan con los requisitos en ella establecidos.


Fuentes
[1] Dictadura vendio acciones de Pdvsa y Citgo, sin pasar por la AN (Asamblea Narcotraficante) (Agosto 15, 2014)
[2] Movimiento estudiantil se opone a la venta de Citgo (Agosto 16, 2014)
[3] Régimen habría hipotecado a la filial Citgo para evitar default en Venezuela (Febrero 24, 2015)
[4] Préstamos chinos a Venezuela ascienden a $56.691 millones (Septiembre 03, 2015)
[5] Préstamos chinos a Venezuela suman $50,3 millardos (Noviembre 29, 2016)
[6] Citgo 100% hipotecada, ya no le pertenece a Venezuela (Diciembre 23, 2016)
[7] ¿CITGO ha sido hipotecada? (Diciembre 27, 2016)
[8] Deuda total de Venezuela con China asciende a 70.000 millones de dólares (Enero 16, 2017)
[9] YouTube: Ramos Allup: Propondremos un sistema para cambiar el Gobierno en 6 meses (Enero 5, 2016)



VIVA VENEZUELA LIBRE

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