Cita del mes

El peor enemigo del socialismo no es el capitalismo.
Es la realidad.
Margaret Thatcher.



La Diáspora Venezolana debe ser detenida y retornada.
Juan Pablo II, ¡cuánta falta le haces al mundo y a tu Iglesia!
Para que sobreviva la República de Venezuela, ⁣
requiere POLÍTICOS, MILITARES y PUEBLO unidos, por y para ella,
que sean honestos y decentes, es decir: que sean VENEZOLANOS

HASTA EL FINAL
MI VENEZUELA QUERIDA JAMÁS SE RENDIRÁ
Y SIEMPRE RECHAZARÁ INVASIONES EXTRANJERAS


VenezuelaSolo1:  domingo, agosto 28, 2016

El desconocimiento de la ley
no exime de su cumplimiento





Por: Ricardo Meneses Pilonieta


Invocando la Carta Democrática Interamericana, la cual, mantiene como eje central la democracia, los derechos humanos, el desarrollo integral y la lucha contra la pobreza, y sus principios, en el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática, estableciendo procedimientos para actuar, no solo cuando la democracia se interrumpe totalmente -como en el caso de un golpe de estado- sino también, cuando el orden democrático ha sido seriamente alterado y la democracia està en riesgo.


El Cuerpo Diplomático de Paz del
Parlamento Mundial de Seguridad y Paz (WPO)

RECORDANDO que los Jefes de Estado y de Gobierno de las Américas reunidos en la Tercera Cumbre de las Américas, celebrada del 20 al 22 de abril de 2001 en la ciudad de Quebec, adoptaron una cláusula democrática que establece que cualquier alteración o ruptura inconstitucional del orden democrático un Estado del Hemisferio constituye un obstáculo insuperable para la participación del gobierno de dicho Estado en el proceso de Cumbre de las Américas.



CONSIDERANDO que la Constitución Bolivariana de Venezuela, determina:

De la Fuerza Armada Nacional

En su Artículo 328.: La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitución y con la ley. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación. La Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión,  con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva ley orgánica.”


CONSIDERANDO que la emisión del documento: RAD Nº 4449 --- 27 AGO 2.016, ATENTA CONTRA EL ORDEN DEMOCRÁTICO CONSTITUIDO.

Ver imagen



RECORDANDO que según lo establece el Orden Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela en su articulado:

De los Derechos Polìticos


EL Artículo 57. Establece que: “Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades.”

CONSIDERANDO que la solidaridad y la cooperación de los Estados americanos requieren la organización política de los mismos sobre la base del ejercicio efectivo de la democracia representativa y que el crecimiento económico y el desarrollo social basados en la justicia y la equidad y la democracia son interdependientes y se refuerzan mutuamente;

TENIENDO PRESENTES que la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana sobre Derechos Humanos contienen los valores y principios de libertad, igualdad y justicia social que son intrínsecos a la democracia.

Exhortamos a las autoridades competentes de la República Bolivariana de Venezuela al apego constitucional, con especial atención, al resguardo de los Derechos Humanos y a las Libertades Fundamentales inherentes al ser humanos según lo establece en el Articulo 1 de la Carta Democrática Interamericana, que establece que:

“Los Pueblos de América tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla.”


“La democracia es esencial para el desarrollo social, político y económico de los pueblos de las Américas.”.


En mi calidad de Embajador Humanitario, Ministro Plenipotenciario de la WPO en Venezuela, Yo, Ricardo Meneses Pilonieta, portador de la cédula de identidad nª V6915994. Alto Comisionado para los Derechos Humanos, por el Parlamento Mundial de Seguridad y Paz (WPO), DEFENSOR DE DERECHOS HUMANOS (Human Rights Defender), amparados, protegidos y resguardados por el Decreto Nª 6.044 de 12/02/2007 – Decreto Nª 3.637 de 20/10/2000 – Resolución A/HRC/RES13/13 de 15/04/2010 – Resolución A/RES/60/161 de 28/02/2006 - Resolución A/RES/53/144 de 09/12/1998 – NACIONES UNIDAS – UN y Protocolo de Paris – Principios de Paris Resolución 48-134 20-12-1993 de Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas, ONU.

Atentamente,




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