En vista del inminente ingreso al territorio de la República de Venezuela de la Ayuda Humanitaria, prevista para Febrero 23 de 2019, el Tribunal Supremo de Justicia Venezolano (TSJ) emitió un Auto de Ejecución que contempla lo siguiente:
- Advertencia a Nicolás Maduro, quién se había subrogado el cargo de Presidente de la República y cuyas funciones, ejercidas fraudulentamente, fenecieron constitucionalmente en Enero 10 de 2019, que entorpecer o impedir la entrada o distribución de Ayuda Humanitaria es considerado como delito de Exterminio (delito de Lesa Humanidad).
- Ordenó a la Fuerza Armada Nacional (FAN) "facilitar la apertura de un canal internacional, permitiendo el ingreso de medicinas, alimentos, víveres y personal técnico, médico y militar necesario para garantizar la efectiva provisión logística, de seguridad y distribución de dicha ayuda humanitaria."
Fuentes
[1] TSJ Venezolano: Ejecución de la apertura de un Canal Internacional de Ayuda Humanitaria
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