Cita del mes

El peor enemigo del socialismo no es el capitalismo.
Es la realidad.
Margaret Thatcher.



La Diáspora Venezolana debe ser detenida y retornada.
Juan Pablo II, ¡cuánta falta le haces al mundo y a tu Iglesia!
Para que sobreviva la República de Venezuela, ⁣
requiere POLÍTICOS, MILITARES y PUEBLO unidos, por y para ella,
que sean honestos y decentes, es decir: que sean VENEZOLANOS

HASTA EL FINAL
MI VENEZUELA QUERIDA JAMÁS SE RENDIRÁ
Y SIEMPRE RECHAZARÁ INVASIONES EXTRANJERAS


VenezuelaSolo1:  miércoles, junio 06, 2018

OEA desconoce reelección de Maduro

Y abrió la puerta para otras decisiones

mano18+

La OEA en su Cuadragésimo Octavo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General discutió, analizó y aprobó un documento denominado "Proyecto de Resolución sobre la Situación en Venezuela", que fuera presentado conjuntamente por Argentina, Brasil, Canadá, Chile, Estados Unidos, México y Perú.

La OEA en cumplimiento de sus obligaciones y colaborando en preservar la Paz del Continente Americano, restaurar la Democracia en Venezuela y lograr que el Ripócrata de Nicolás Maduro camine por un sendero democrático, permita la Ayuda Humanitaria y sentar un muy importante precedente sobre elecciones fraudulentas, aprobó los siguientes puntos:
  1. Declarar que carece de legitimidad el proceso electoral de Mayo 20 del 2018 efectuado en Venezuela, por tanto no reconocen la reelección de Nicolás Maduro.
  2. Reafirmar que un proceso de diálogo es el mejor camino para una reconciliación nacional.
  3. Declarar que hubo una alteración del orden Constitucional en Venezuela.
  4. Exigir al gobierno de Nicolás Maduro  una verdadera separación de poderes, restaurar los poderes de la Asamblea Nacional, el estado de derecho y las libertades de la población.
  5. Exigir al gobierno que permita la Ayuda Humanitaria y medidas de vigilancia epidemiológica.
  6. Instar a todos los estados miembros de la OEA implementar medidas para atender la emergencia epidemiológica y suministrar medicamentos.
  7. Ordena al Consejo Permanente apoyar a los estados que están  recibiendo la diáspora Venezolana.
  8. Instar a los Estados Miembros y Observadores implementar medidas políticas, económicas y legales que lleven a restaurar la Democracia en Venezuela.
  9. Mantener vigilancia permanente sobre el desarrollo de la situación en Venezuela.
  10. Aplicar los Artículos 20 y 21 de la Carta Democrática Interamericana

Carta Democrática Interamericana

Artículo 20
En caso de que en un Estado Miembro se produzca una alteración del orden constitucional que afecte gravemente su orden democrático, cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente para realizar una apreciación colectiva de la situación y adoptar las decisiones que estime conveniente.

El Consejo Permanente, según la situación, podrá disponer la realización de las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática.

Si las gestiones diplomáticas resultaren infructuosas o si la urgencia del caso lo aconsejare, el Consejo Permanente convocará de inmediato un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General para que ésta adopte las decisiones que estime apropiadas, incluyendo gestiones diplomáticas, conforme a la Carta de la Organización, el derecho internacional y las disposiciones de la presente Carta Democrática.

Durante el proceso se realizarán las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática.


Artículo 21
Cuando la Asamblea General, convocada a un período extraordinario de sesiones, constate que se ha producido la ruptura del orden democrático en un Estado Miembro y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas, conforme a la Carta de la OEA tomará la decisión de suspender a dicho Estado Miembro del ejercicio de su derecho de participación en la OEA con el voto afirmativo de los dos tercios de los Estados Miembros. La suspensión entrará en vigor de inmediato.

El Estado Miembro que hubiera sido objeto de suspensión deberá continuar observando el cumplimiento de sus obligaciones como miembro de la Organización, en particular en materia de derechos humanos.

Adoptada la decisión de suspender a un gobierno, la Organización mantendrá sus gestiones diplomáticas para el restablecimiento de la democracia en el Estado Miembro afectado.

📜  Descargar el  Proyecto de Resolución sobre la Situación en Venezuela
📜  Leer la Carta Democrática Interamericana


Fuentes
[1] OEA, Asamblea General: PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE LA SITUACIÓN EN VENEZUELA (descargar documento en español)
[2] OEA, Carta Democrática Interamericana (ver documento en español)



VIVA VENEZUELA LIBRE
AQUÍ SE HABLA LA VERDAD SOBRE CHÁVEZ

Publicar un comentario

En VenezuelaSolo1 nos reservamos el derecho de no publicar los comentarios que utilicen un lenguaje inapropiado, no respeten nuestras Normas para publicación de Comentarios o que vayan en contra de las leyes Venezolanas.

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.