Cita del mes

El peor enemigo del socialismo no es el capitalismo.
Es la realidad.
Margaret Thatcher.



La Diáspora Venezolana debe ser detenida y retornada.
Juan Pablo II, ¡cuánta falta le haces al mundo y a tu Iglesia!
Para que sobreviva la República de Venezuela, ⁣
requiere POLÍTICOS, MILITARES y PUEBLO unidos, por y para ella,
que sean honestos y decentes, es decir: que sean VENEZOLANOS

HASTA EL FINAL
MI VENEZUELA QUERIDA JAMÁS SE RENDIRÁ
Y SIEMPRE RECHAZARÁ INVASIONES EXTRANJERAS


VenezuelaSolo1:  lunes, diciembre 04, 2017

Decretan nulidad de la Constituyente (ANC)

Tribunal Supremo de Justicia
(el TSJ Venezolano en funciones)



El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) venezolano, el TSJ que está en el exilio, reconocido como el único y verdadero TSJ, porque fue nombrado por una Asamblea Nacional elegida por el pueblo, en votación mayoritaria de 112 diputados, acaba de emitir una sentencia fechada Noviembre 30 de 2017,  con la siguientes características:

  • Asunto: Ejecución de la Decisión que declara el fraude constitucional del proceso de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC).
  • Parte denunciante: Diego Enrique Arria Salicetti, Maria Corina Machado Parisca, Antonio José Ledezma Díaz y Cecilia Sosa Gómez
  • Solicitud efectuada: Los terceros que intervienen en esta causa, por escrito presentado el 24/11/2017, solicitan se decrete la ejecución de la decisión emitida por esta Sala en fecha 25 de octubre de 2017.

Ejecución Forzosa de la decisión emitida en fecha 25/10/2017

Primero: Se ordena a los Poderes Públicos conformados por el Ejecutivo Nacional, Consejo Nacional Electoral, Defensor del Pueblo, Ministerio Público, así como a la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, la prohibición de reconocer o emitir algún acto o actuaciones que comprendan un reconocimiento de la ANC.

Segundo: Resulta vinculante, además de pertinente, y a su vez como garantía del derecho del titular del poder constituyente; decretar: que todos los poderes públicos, los ciudadanos, y los integrantes de la Fuerza Armada, en sus cuatro componentes, deben acatar y hacer cumplir el amparo decretado en favor del pueblo venezolano, en el entendido que no deben realizar actos donde se reconozca el fraude constitucional declarado por la Sala Constitucional.

Tercero: En lo que respecta a la activación de la resistencia civil prevista en el artículo 350 de la Constitución, y que es pedimento de los terceros que forman parte de la organización Alianza Nacional Constituyente, esta Sala ordena que los ciudadanos, los poderes públicos, los integrantes de la Fuerza Armada Nacional, asuman el deber de desconocer y resistirse contra el fraude constitucional del proceso de la ANC, autorizados por el artículo 333 de la Constitución, tal y como fue establecido en la decisión de mérito.

Cuarto: Se ordena oficiar lo conducente al Contralor General de la República, para que, en el ejercicio de su competencia, inspeccione y audite el presupuesto y gastos que hubiere aprobado Asamblea Nacional Constituyente de facto, para el estableciendo de las responsabilidades administrativas y penales a que hubiere lugar, so pena de la responsabilidad legal por omisión; igualmente se ordena oficiar lo conducente a la Fiscalía General de la República, a los fines pertinentes

📃  Leer sentencia original  [1]



Fuentes
[1] El Venezolano News: Nulidad Asamblea Nacional Constituyente




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