Cita del mes

El peor enemigo del socialismo no es el capitalismo.
Es la realidad.
Margaret Thatcher.



La Diáspora Venezolana debe ser detenida y retornada.
Juan Pablo II, ¡cuánta falta le haces al mundo y a tu Iglesia!
Para que sobreviva la República de Venezuela, ⁣
requiere POLÍTICOS, MILITARES y PUEBLO unidos, por y para ella,
que sean honestos y decentes, es decir: que sean VENEZOLANOS

HASTA EL FINAL
MI VENEZUELA QUERIDA JAMÁS SE RENDIRÁ
Y SIEMPRE RECHAZARÁ INVASIONES EXTRANJERAS


VenezuelaSolo1:  jueves, octubre 26, 2017

TSJ Venezolano declara nulidad de la ANC

Anuló todos sus actos y resoluciones también

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En Octubre 25 del 2017 el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) "Venezolano" (es el que está en el exilio) emitió en su sede provisional en la OEA una sentencia donde

DECLARAN NULA LA ANC Y TODOS SUS ACTOS

En consecuencia que harán ahora todos los gobernadorcitos que se arrodillaron ante ella y le rindieron pleitesía.?


Resumen de la sentencia del TSJ Venezolano

En fuerza de las consideraciones precedentes, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:

PRIMERO: Procedente la nulidad formulada por los ciudadanos DIEGO ENRIQUE ARRIA SALICETTI, MARÍA CORINA MACHADO PARISCA, ANTONIO JOSE LEDEZMA DIAZ y CECILIA SOSA GOMEZ, en consecuencia son Nulos los Decretos del Ejecutivo Nacional N° 2.830 y 2.831 del 1 de mayo de 2017, mediante los cuales se convoca a un proceso nacional constituyente y crea una comisión presidencial dirigida a elaborar una propuesta de las bases comiciales; así como también son Nulas las Resoluciones del Consejo Nacional Electoral Nº 170607-118 y Nº 170607-119 del 7 de junio de 2017, que procedió a sentar las bases comiciales y organiza el proceso que termina en la elección de los constituyentistas, y en consecuencia la ineficacia de la Asamblea Nacional Constituyente y de todos los actos dictados por ella, por haber ocurrido un fraude constitucional, conforme a las motivaciones precedentes;

SEGUNDO: DISUELTA la Asamblea Nacional Constituyente de facto, que ha pretendido funcionar sin la decisión expresa del pueblo de convocarla como lo exige el artículo 347 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y se hace un llamado a todas las autoridades nacionales, civiles y militares, y al pueblo venezolano, a acatar esta decisión con carácter vinculante;

TERCERO: Se declara la inmediata activación de la resistencia pacífica del pueblo venezolano, habida cuenta que todo ciudadano investido o no de autoridad tiene el deber de colaborar en el restablecimiento de la efectiva vigencia de la Constitución, tal como lo ordena el artículo 333 constitucional; por lo tanto, los ciudadanos civiles y militares tienen el legítimo deber de desconocer, resistir y desobedecer toda actuación de la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente, conforme a lo previsto en el artículo 350 constitucional.

CUARTO Se insta a la Sala de Casación Penal del TSJ, a determinar la responsabilidad penal que hubiere a lugar contra las personas que han ejecutado y convalidado los actos fraudulentos, en especial los que ejecutan actualmente los integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente, para lo cual se acuerda remitir copia de esta decisión.

QUINTO: Se acuerda la publicación integra de la presente decisión.

Publíquese y regístrese.
Remítase inmediatamente copia de la presente decisión: a Nicolás Maduro Moros, quien funge como presidente de la República Bolivariana de Venezuela, al Consejo Nacional Electoral, a la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, a la Organización de las Naciones Unidas (ONU), a la Organización de los Estados Americanos (OEA), al Parlamento Europeo, al Banco Mundial, al Fondo Monetario Internacional, Mercosur, Unasur y al grupo de Cancilleres que firman el Acuerdo de Lima, todo ello a los fines legales pertinentes.

Cúmplase los ordenado.

Dada, firmada y sellada, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Washington a los veinticinco (25) días del mes de octubre de dos mil diecisiete (2017). Años 206 de la Independencia y 158 de la Federación.

El Presidente de la Sala,
Miguel Ángel Martín Tortabu

La Vicepresidenta,
Elenis del Valle Rodríguez Martínez

Los Magistrados

📃  Leer sentencia completa del TSJ Venezolano



Fuentes
[1] Wikimedia Commons: File:TSJ - Caracas, 2010.JPG
[2] NoticieroDigital:  TSJ (OEA) decretó nulidad absoluta de la ANC (Oct 25, 2017)




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